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JUICIO DE LAS BRIGADAS
27/03/2024
Pozo de Quilmes: Penas de prisión perpetua; una a 25 años de prisión y una absolución
Pozo de Quilmes: Penas de prisión perpetua; una a 25 años de prisión y una absolución
El Tribunal Oral Federal en lo Criminal Nº 1 de La Plata condenó a casi todos los imputados del Juicio Pozo de Quilmes por los crímenes de lesa humanidad cometidos entre ellos además de la sede de Garibaldi; en el Pozo de Banfield y el Infierno de Avellaneda.
El veredicto llegó en la jornada 140° del juicio, a casi tres años y medio del comienzo, que fue en octubre de 2020. La mayoría de las audiencias de este proceso, atravesado en su inicio por la pandemia de Covid-19, se realizaron de forma virtual, pero también hubo presenciales y mixtas.

El presidente del TOF 1 de La Plata, Ricardo Basílico, consideró que los crímenes fueron de lesa humanidad en el marco de un genocidio y no hizo lugar a los reclamos de las defensas por extinción del delito, ya que se consideran imprescriptibles. Tampoco hizo lugar al reclamo de inconstitucionalidad.

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Así, fueron condenados a la pena de prisión perpetua Federico Minicucci, Guillermo Alberto Domínguez Matheu, Carlos Gustavo Fontana, Jorge Héctor Di Pasquale, Carlos María Romero Pavón, Roberto Armando Balmaceda, Jaime Lamont Smart, Juan Miguel Wolk, Jorge Antonio Bergés y Luis Horacio Castillo (no tenía condena previa).

Por su parte, Julio Alberto Candioti (tampoco tenía condena previa) fue condenado a 25 años de prisión.

Enrique Augusto Barre (no tenía condena previa) fue absuelto y el Tribunal ordenó que recuperara su libertad.

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Durante la lectura del veredicto, el Tribunal tuvo que llamarle la atención a varios de los imputados (entre ellos a Smart) porque desaparecían de la pantalla al momento en que se leía su condena o por interrupciones, en el caso de Di Pasquale.

Las condenas fueron por los delitos de abuso deshonesto y abuso sexual con acceso carnal, aborto forzado, sustracción, retención y ocultación de menor de 10 años, homicidio calificado por alevosía y por haberse cometido por dos o más personas y privación ilegal de la libertad agravada.

También se contemplaron los delitos de desaparición forzada agravada por el resultado muerte, desaparición forzada (agravado por mediar amenaza, por durar más de un mes y aplicación de tormentos), desaparición forzada agravada por tratarse de mujeres embarazadas, desaparición forzada agravada por tratarse de personas menores de 18 años y reducción a la servidumbre.

Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer el 5 de julio, informó Basílico tras la lectura del veredicto, que se extendió por casi cinco horas.

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Miguel Ángel Ferreyro y Miguel Etchecolaz estaban imputados por los delitos cometidos en la Brigada de Lanús (el primero) y por crímenes en el Pozo de Banfield, Quilmes y el Infierno de Avellaneda (el segundo), pero fallecieron en 2021 y 2022, respectivamente. Durante 2023 fue Eduardo Samuel de Lío quien falleció.
(Fuente: Transmisiones de La Retaguardia y Pulso Noticias)
 
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