Quilmes 8 de Febrero de 2010 | 21:08 hs

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Dio un plazo de diez días
El Juzgado Federal ordenó desmantelar la antena de la calle Berutti

El decreto que el intendente Geronés le otorgó a la empresa Telefónica de Comunicaciones Personales SA, es ilegítimo, porque el predio donde se emplaza la antena no reúne ni reunirá los requisitos que exige la normativa municipal.

El Juzgado Federal de Quilmes finalmente ordenó la desconexión inmediata de la antena de telefonía celular sita en la calle Berutti 219, el desmantelamiento y remoción, en un plazo de 10 días, de la misma, de su estructura de soporte, y de toda otra instalación accesoria existente en el citado predio .
Esto lo dispuso el juez Luis Armella debido a que aún con las mejoras que intente realizar la demandada, el predio en donde está situada la antena, no reúne, ni reunirá en cuanto a sus dimensiones, los requisitos previstos en las normas legales .
En los considerandos del fallo, Armella detalla el motivo de su drástica decisión: Si bien la empresa demandada - Telefónica de Comunicaciones Personales SA- acredita que ha contratado un seguro de responsabilidad civil, y que efectuará obras tendientes a la conexión a tierra del pararrayos existente, no es menos cierto que el predio donde está ubicada la antena no cumple, ni cumplirá, con las dimensiones exigidas legalmente para la instalación de antenas (ordenanza Nº 8627/00 y anexo I de la resolución 144/07 de la secretaría de Política Ambiental bonaerense) .
En conclusión, la citada instalación no cumple con los requisitos legales vigentes, el predio en el que está instalada la antena no posee las dimensiones exigidas en las normas, la zona en la que se asienta está calificada como residencial y en el radio de cien metros del predio se encuentra una Terminal de una línea de colectivos con depósito de combustible .
Se recordará que el ex intendente Fernando Geronés el 10 de Julio del 2000 autorizó una serie de antenas mediante el decreto 2473/00, las cuales quedaban fuera de los alcances de la ordenanza 8627/00 que en Quilmes regulan su instalación, y de la 8447/99, que establece que para habilitar una antena, se debe contar con un informe de la oficina municipal de de Planeamiento que determine si la zona es apta para una antena.

POR LAS DUDAS, MEJOR EVITAR POSIBLES DAÑOS A LA SALUD
Una de las aclaraciones del fallo, se refiere a que para dar lugar a una medida cautelar, debe haber dos condiciones: la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora. Por eso el magistrado destaca que frente a la existencia de un peligro de daño grave o irreversible, la ausencia de información o certeza científica en cuanto al daño a la salud que provocarían las emisiones de la antena, no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces para impedir la degradación del medio ambiente .
Así, ante la mera posibilidad de riesgo o peligro de daño, no puedo resultar indiferente. Debo adoptar medidas eficaces, tendientes a evitar la producción del daño al medio ambiente y a la salud humana, ello aún sin tener las pruebas científicas concluyentes de que las emisiones electromagnéticas de las antenas provoquen tales perjuicios .

DECRETO ILEGITIMO
Otro de los puntos de fallo a destacar, es referido a la actuación del municipio. Si bien los actos administrativos y legislativos tienen como característica la presunción de legitimidad y fuerza ejecutora, tal regla puede ceder cuando se los impugna sobre bases prima facie verosímiles , comienza.
Y en este caso se advierte, prima facie, que el municipio no observó con el dictado del decreto cuestionado (que autorizó la instalación de la antena), las disposiciones legales y reglamentarias vigentes, dictadas en su propio ámbito (las ordenanzas). Lo que me lleva a considerar que la citada norma (el decreto del intendente Geronés) carece, en principio, de la presunción de legitimidad mencionada .
Es decir, que el Municipio intentó borrar con el codo (decreto 2473/00) lo que escribió con la mano (ordenanzas 8627/00 y 8447/99), por lo cual el decreto resulta ilegítimo.


Fecha de publicación:

- 04/01/2008 Sección Actualidad



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La antena de la calle Berutti deberá ser desmantelada en un plazo de 10 días.


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