Escenario Político Los concejales ya analizan la reforma fiscal y tributaria para Quilmes
Del análisis surge la necesidad de revisar la tendencia a la concentración de poder, a la mayor discrecionalidad en manos de los funcionarios y la persistencia de situaciones que favorecen la corrupción. La reforma fiscal para la ciudad lentamente se va a ubicar en el centro del debate.
El cambio de criterios sobre el que se han de cobrar las tasas promete ser uno de los factores de discusión. Es que hasta ahora, la ciudad vino cobrando los servicios que presta de acuerdo a los metros lineales del frente de cada propiedad. Con esta reforma, se cobrará de acuerdo a la valuación fiscal de cada propiedad que establece la Provincia de Buenos Aires.
En este sentido, el secretario Tozzola, en su mensaje de presentación del proyecto, defiende esta innovación diciendo que a mayor nivel de inversión pública en servicios de infraestructura urbana y social, se corresponde un mayor valor económico de la propiedad, tanto como un mayor grado de desarrollo de sus habitantes. Y recíprocamente un mayor valor económico de las propiedades, fruto del desarrollo de la infraestructura, supone un grado superior de servicios contraprestados a los habitantes. De acuerdo al proyecto, habrá cuatro zonas según el nivel de servicios que reciben.
Cada zona pagará una tasa mínima que va desde los 35 pesos mensuales escalonándose en 29 pesos, 18 pesos, hasta llegar a la zona de menor nivel de servicios que proponen que pague 13 pesos mensuales. Cuando se trate de comercios, si bien todos pagarán de acuerdo al valor fiscal del inmueble, se establece un mínimo de 70 pesos para las zonas con mayor cantidad de servicios, escalonándose en los 55 pesos, 30 pesos, y 16.25 pesos el valor mensual de la tasa en las zonas de menor nivel de servicios. Otro cambio apunta a los terrenos baldíos. Las tasas que abonarán en las zonas de más servicios aumentarán en un 100 %, aunque en realidad el mayor peso del aumento aparece en los montos que pagarán los inmuebles dedicados a la industria y el comercio, que tendrán un aumento del 142 %.
LLEGA EL MONOTRIBUTO MUNICIPAL Copiando la experiencia de la AFIP en materia de monotributo, el proyecto en estudio establece que los monotributistas nacionales podrán también serlo a nivel local, en relación a las tasas de Seguridad e Higiene, la tasa por Publicidad y Propaganda y la tasa por Pesas y Medidas. Estas tres quedarán resumidas en este nuevo instrumento. El otro cambio alcanza al comercio y la industria, que tendrán una imposición sobre sus ventas brutas. Se trata de una base similar a la del impuesto al valor agregado y al impuesto a los ingresos brutos en el orden provincial. En este sentido, el mensaje del secretario argumenta que de esta manera se resumen costos de determinación, fiscalización y recaudación, y se incrementa el control cruzado con las bases de la AFIP y del ente de recaudación provincial, ARBA. El proyecto de ordenanza insume 172 páginas, con un detallado repaso de cada una de las actividades gravadas por la Comuna, así como se establecen las alícuotas o cuotas a cobrar. El cambio de criterios que se discuten abren tres cuestiones a seguir de cerca. La primera es la concentración de poder. La segunda es la discrecionalidad en los funcionarios. La tercera es más riesgo de corrupción. Veamos:
Primer riesgo: CONCENTRACION DE PODER En materia de concentración de poder es bueno recordar que uno de los artículos del Presupuesto de este año votado por la actual administración, mantuvo los superpoderes. Se trata de una delegación de facultades que los concejales hicieron a favor del intendente por el cuál éste puede disponer del cambio de partidas sin tener que pedir permiso. Ese es un ejemplo de concentración de poder y más discrecionalidad. El proyecto en debate representa una importante transferencia de recursos privados a manos del Estado, que promete redistribuirlos a favor de los más necesitados. La ausencia de organismos de control independientes, así como la penosa experiencia de la cuál viene el distrito de Quilmes, no ha sufrido cambio alguno como para equilibrar este nuevo paso hacia un Intendente aún más poderoso.
CONCENTRACION DE PODER II Esta reforma aumenta el riesgo si Quilmes cayera en manos de un grupo que, como el anibalo-villordista, traicionó el mandato popular y buscó someter a la ciudad a un régimen de miedo, represión y listas negras. Se trata de la prometida reforma política que debería llegar por una ley Provincial que establezca formas de control creíbles a la administración municipal. Pero también se trata de decisiones de política local, ya que es el propio poder municipal que le reclama al ciudadano más recursos, el que debe también autolimitarse poniendo en manos de los ciudadanos herramientas de control real de los dineros públicos.
Segundo riesgo: MAYOR DISCRECIONALIDAD Un segundo aspecto que surge a poco de leer el proyecto, es el enorme aumento de la capacidad de decisión de un funcionario, castigando o aliviando la situación de un ciudadano cualquiera. Teniendo en cuenta la experiencia política de la ciudad, que la coloca en una situación extraordinaria, resulta temerario dotar a los funcionarios municipales de más poder de fuego en contra de los contribuyentes, sin un claro contrapeso de ese poder en manos ciudadanas. El mismo secretario de Hacienda, en su mensaje de introducción del proyecto, afirma que el 12 de diciembre del 2007 encontramos una situación de deterioro administrativo, normativo y operativo altamente grave en la gestión de ingresos municipales.
LA DISCRECIONALIDAD II Más adelante, apela a frases como_ nos obligó a generar un sobreesfuerzo titánico. Habla de datos extraviados o borrados de los sistemas. Para rematar, califica de arcaica las normas tributarias actualmente en vigencia. Más allá de esta situación de extrema gravedad, los cambios de criterios en materia tributaria local profundizan los ya altos niveles de discrecionalidad por ejemplo en manos de un inspector municipal. El otro temor sobre la discrecionalidad apunta a la ausencia del techo al cobro de las tasas. Se sabe cuál es el mínimo, pero no está establecido el máximo de la tasa a cobrar, por lo que un vecino caído en desgracia política puede terminar en los tribunales reclamando por los montos que la Municipalidad le quiera cobrar.
Tercer riesgo: LA CORRUPCION El Estado quilmeño, arrasado por distintas experiencias administrativas que terminaron en escandalosas denuncias penales, no logra proyectar una imagen de eficiencia ante la ciudadanía. Pensar que hoy en día, Quilmes cuenta con más de 5000 empleados, es mencionar una cifra astronómica para cualquier unidad de servicios eficientes en la economía moderna. También es una muy mala manera de distribuir el ingreso en una ciudad que tiene 200 mil personas debajo de la línea de la pobreza. Ante tamaño enredo administrativo, y personal ineficiente, la ausencia de controles presupone un mayor riesgo de corrupción. A mayor presión fiscal, con más discrecionalidad en manos de los funcionarios junto a la ineficiencia en el Estado, es como haber comprado todos los números en la lotería de la corrupción.
Una cuestión al margen Las tasas municipales son el pago por la prestación de un servicio. Las comunas no pueden cobrar impuestos. De ahí que el proyecto vuelva sobre la idea de cobrarle más caro a las zonas que tienen más servicios. Es un criterio que viene de arrastre. Lo novedoso es que dentro de una misma zona, y aún en una misma cuadra, dos vecinos pagarán distintos precios por un mismo servicio. Es decir que en un barrio que tenga asfalto, agua, cloacas y alcantarillado; sumado la recolección de residuos y un servicio médico a disposición junto a la iluminación pública, un vecino pagará un mínimo de 35 pesos mensuales, y otro que tenga una vivienda de más categoría pagará una cifra que al día de hoy no tiene techo. Para mostrar la precariedad y la gravedad de la situación que compartimos, resta mencionar dos situaciones: Por un lado, el escándalo que generó en los vecinos el reciente e indiscriminado envío de reclamos prejudiciales que en muchos casos se abultaba erróneamente ante el reclamo de períodos ya prescriptos. El otro caso, ocurrido hace pocas semanas, tuvo que ver con la situación de la casa particular del ex intendente Villordo. Apelando a la misma práctica de arbitrariedad que uso habitualmente el anibalo-villordismo, el actual secretario de Hacienda, hoy firmante de este proyecto de reforma tributaria, apareció en televisión nacional muy interesado por la deuda de este contribuyente, a pesar de que se trataba de una deuda vencida, y que no mostró en público la documentación que respalde el pertinente reclamo judicial. Esa utilización política de una legitima situación irregular, es la que exige contrapesar los niveles de discrecionalidad en pocas manos.
Fecha de publicación:
- 25/08/2008 Sección Actualidad
Comentarios (3)
| Jeremiah The Bullfrog | 28/08/2008 15:57
Chau... lo que faltaba... ahora resulta que en quilmes el Intendente quiere ser como el Alcalde de Nottingham...
Dentro de poco te van a venir a tocar la puerta con los patovicas para cobrarte hasta la pelusa de los bolsillos...
Y no hay Robin Hood a la vista... por ahora.
| SILVIA ARMELLA | 28/08/2008 13:16
Me he remitido al Art 226 de la Ley organica de Municipalidades y en efecto tal como lo manifiesta el Sr Bibiloni la Municipalidad no puede percibir mas que las tasas y contribuciones enumeradas en ese articulo. SORPENDENTE!!!!
Yo creo que los vecinos debemos contar con alguna institucion que nos proteja de los abusos del poder que pretenden imponer tasas viciadas de inconstitucionalidad.
QUIEN NOS DEFIENDE?
| Joaquin Bibiloni | 26/08/2008 13:41
Los municipios sólo pueden percibir ingresos en concepto de tasas, esto es, por la contraprestación de un servicio público especial y divisible (seguridad e higiene, habilitación, alumbrado y barrido, etc.) y algunos otros "derechos" tales como publicidad y progaganda, ocupación de la vía pública, derechos de oficina, etc. Todo esto está tipificado perfectamente en la Ley Orgánica de las Municipalidades. ¿Qué es esto de "monotributo", "ingresos brutos", etc.?
Esas gavelas no figuran en el cuerpo normativo que, me temo, los Concejales desconocen y, me temo, el Sec. de Hacienda sí conoce por su actividad profesional. ¿Cómo se atreve entonces a enviar semejante proyecto viciado de nulidad? No es tarea del Intendente el conocer estas cuestiones del Derecho Tributario aunque sí es su responsabilidad en el nombramiento de estos funcionarios que, vaiéndose del desconocimiento general de la población ante estas cuestiones, hechan agua para su molino.
Los Concejales están no sólo para aprobar o avalar todo lo que les llega del Depto. Ejecutivo sino, ante todo, para la defensa de la ciudadanía ante estos arteros ataques al patrimonio personal del vecino.
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