Se trata de una empresa de cadenas de hamburguesas, que habría despedido a una trabajadora con la excusa de que era “fea para estar en la empresa.
La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, confirmó una sentencia destinada al cobro de indemnización por despido y otros créditos laborales, en el marco de una demanda que a su vez contiene sucesos de violencia laboral, maltrato por parte de superior jerárquico y violencia contra la mujer y su aspecto físico.
La víctima de los hechos, se desempeñaba para una empresa de hamburguesas como maître de salón, destacando que dicho vínculo siempre se mantuvo en clandestinidad.
MIRÁ TAMBIÉN:Bernal: Vuelco en bajada de autopista y choque en el centroDenunció, que el encargado del local le dispensaba malos tratos al punto de, en una ocasión, frente a los comensales presentes, se refirió a ella con la frase "que se vaya del local que estaba despedida, que una persona fea no puede ser la cara de esta empresa" y que, al consultar al encargado sobre los motivos de la decisión, éste le respondió: “te echo por fea”.
Posteriormente y luego del intercambio telegráfico, al no obtener respuesta y serle negado el ingreso al local, la mujer se consideró finalmente despedida.
MIRÁ TAMBIÉN:Batakis destacó que una de las principales metas es recuperar el salario realEn cuanto al maltrato, y daño psicológico y moral sufrido por la denunciante -con apoyo de una especialista perita psicóloga que indicó que al momento de la evaluación, el estado psíquico de la mujer era de angustia y vergüenza a causa de haber sido sometida durante meses a constantes humillaciones, denostaciones y violencia psíquica en su lugar de trabajo-, la Cámara destacó que dichos rubros debían ser reparados plenamente.
Bajo tales consideraciones, entre tantas otras, la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, confirmó la sentencia que condenó a la empresa demandada a reparar plenamente los daños ocasionados a la mujer denunciante.