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JUICIO A GERONÉS
21/10/2016
El Tribunal negó el pedido de prescripción pero quedó un recurso por resolver
El Tribunal negó el pedido de prescripción pero quedó un recurso por resolver
Minutos antes de las 14 del viernes comenzó la segunda jornada del juicio al ex intendente de Quilmes, Fernando Geronés, en la causa por las presuntas “empresas fantasmas”. En esta jornada, el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 4 (TOC) no hizo lugar al pedido de prescripción presentada por la defensa. El lunes se expedirá en orden al cuestionamiento sobre si se lo está juzgando dos veces por el mismo hecho.
El debate inició con el dictamen del Tribunal, conformado por Alejandra Calaza, Alberto Ojeda y Mario Caputto, acerca de las cuestiones previas planteadas por los abogados defensores de Geronés y los ex funcionarios acusados como co-autores, Carlos Coloma, Ruth Kuster, Juan Carlos Clérico, Alejandro Abelenda y Norma Borda.
Al respecto del pedido de prescripción, como por aquel entonces hubo una modificación en la Ley, solicitaron que se tome la más benigna. Este pedido fue rechazado debido a que los jueces entendieron que tener en cuenta esa modificación sería perder de vista el objeto mismo de la ley. Asimismo expresaron que los plazos transcurridos a la fecha no alcanzaban para dar la prescripción.

CUENTAS MUNICIPALES
En cuanto al recurso de “non bis in ídem”, que significa que una persona no puede ser juzgada dos veces por el mismo hecho, la estrategia de la defensa radicó en el fallo favorable del Tribunal de Cuentas de la Provincia. Cuando Geronés terminó su mandato en 2003, éste órgano aprobó las cuentas municipales.
“El Tribunal de Cuentas es el único constitucional que tiene como fin exclusivo el controlar las cuentas públicas, desde el Poder Judicial, a la provincia de Buenos Aires, los municipios y entes autárquicos. Con lo cual es el único que puede controlar los manejos de fondos de la administración pública”, argumentó Daniel Brola, abogado del ex Intendente.

INTERMEDIO
Según ésta línea, ese fallo sería el primero en juzgar a la gestión, por lo que el presente se convertiría en el segundo y es allí donde radica el principio de “non bis in ídem” reclamado. No obstante el Tribunal no lo otorgó debido a que faltaban elementos de prueba incorporadas por lectura en la causa. Las mismas fueron finalmente agregadas al cuerpo junto a una inspección complementaria al informe del Tribunal de Cuentas y la defensa volvió a apelar. Es por ello que se llamó a un cuarto intermedio hasta el lunes a las 11 para resolver esta cuestión.
Además se cuestionó nuevamente el hecho de que “el Tribunal de Cuentas no encontró actos ilícitos en las cuentas de la gestión” y que “no se dan los requisitos para una acusación ya que no hubo perjuicio alguno a la administración pública”.
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